Podar un árbol se paga con cárcel

La poda parcial de un árbol es, a partir del segundo semestre de este año, considerada actividad ilícita y quienes se vean involucrados pueden recibir hasta cinco años de prisión, informó Samuel Ibarra, titular de la Fiscalía de Delitos Ambientales (FEDAPUR), de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF).
En entrevista, explicó que a partir de las reformas aprobadas el 27 de junio a la Ley Ambiental del Distrito Federal esta actividad es tipificada dentro de los nuevos delitos ambientales que forman parte del Código Penal capitalino.
Señaló que toda poda debe ser autorizada por autoridades delegacionales, aún dentro de un domicilio.
Se considerará delito cuando los cortes superen el 25 por ciento de la copa del árbol, de acuerdo con los parámetros que indica la Norma Ambiental NADF-001-RNAT-2006.
“Podas inferiores a ese porcentaje, difícilmente pondrán en riesgo la vida de un árbol. […] ¿Una rama es destrucción parcial? Sí. Pero, ¿se pone en riesgo la vida del árbol? No. Pero si la poda supera el 25 por ciento, hay destrucción parcial y se aplicará una pena”, puntualizó.
Esa actividad ilícita se castiga de tres meses a cinco años de prisión y de 500 a 2 mil días de multa.
Las penas se duplicarán cuando la poda se realice en un área natural protegida, de conservación o en área verde en suelo urbano.

Fuente:
El Universal, Oct 2011